Alternativamente se establecerán
controles, principalmente en el entorno de los centros educativos comprobando
que los menores viajan con los correspondientes sistemas de retención infantil
adecuados a su peso, edad y estatura, por lo que desde la Jefatura de la
Policía Local se ha invitado también a los Directores de los Centros para
concienciar a los padres y especialmente a los alumnos.
La DGT recuerda que se reducirían
en un 75 por ciento las lesiones en caso de accidente, siendo las más
frecuentes el cuello en caso de niños hasta dos años, la cabeza entre los 2 y 4
años y el abdomen entre los 4 y los 10 años. Los ocupantes de un vehículo se
desplazan a igual velocidad que dicho vehículo y en caso de frenada, el
vehículo se detiene, pero los ocupantes se desplazan. Una colisión a 50 km/h
equivale a caer de un segundo piso.
Los sistemas de retención infantil (SRI) ayudan a proteger a los más pequeños cuando circulan dentro de
un vehículo. Según datos de la Asociación Española de Pediatría, las lesiones
por accidente de tráfico siguen siendo la primera causa de muerte en los niños
mayores de 4 años, de ahí, que un sistema de retención adecuado y correctamente
utilizado ofrezca un nivel de protección alto.
Un menor sin ningún tipo de
sujeción multiplica por 5 las posibilidades de sufrir lesiones mortales.
Además, nueve de cada diez lesiones infantiles graves o mortales, podrían
haberse evitado si se hubiera utilizado este tipo de dispositivo.
“No valen excusas, como que es un trayecto
corto, que está aquí al lado o que voy a ir despacio, porque en un segundo
puedes hacer que cambie la vida de tu hijo y nada vuelve a ser igual”.
No llevar sistemas de retención
infantil homologados, está tipificado como infracción grave, sancionada con
multa de 200 euros y pérdida de tres puntos en el caso de los conductores.
¿CÓMO LLEVAR A LOS MENORES
EN EL VEHÍCULO?
El artículo 117 del Real decreto
1428/2003 de 21 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento General de
Circulación establece que la utilización de los cinturones de seguridad y otros
sistemas de retención homologados por determinadas personas en función de su talla y edad, excepto en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el
conductor, se ajustará a las siguientes prescripciones:
Asientos delanteros:
Queda prohibido
circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros del
vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. Excepcionalmente,
cuando su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, los menores de doce
años podrán utilizar como tal dispositivo el propio cinturón de seguridad para
adultos de que estén dotados los asientos delanteros.
Asientos traseros:
1º Las personas cuya estatura no
alcance los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso.
2º Las personas cuya estatura sea
igual o superior a 135 centímetros y no supere los 150 centímetros, podrán
utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su
talla y a su peso o el cinturón de seguridad para adultos.
Los niños no podrán utilizar un
dispositivo de retención orientado hacia atrás instalado en un asiento del
pasajero protegido con un «airbag» frontal, a menos que haya sido desactivado,
condición que se cumplirá también en el caso de que dicho airbag se haya
desactivado adecuadamente de forma automática.