- Se prorroga en dos horas, con carácter general para todos los establecimientos públicos situados en el territorio de la Comunidad Autónoma, el horario de cierre establecido para cada establecimiento según el grupo en el que se encuadre conforme al artículo 4.º de la Orden de la Consejería de Presidencia de 16 de septiembre de 1996, por la que se establecen los horarios de apertura y cierre de los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas, desde el 22 de diciembre actual al 7 de enero de 2012, ambos inclusive.
- Las noches de nochebuena (del 24 al 25 de diciembre), de nochevieja (del 31 de diciembre al 1 de enero) y de reyes (del 5 al 6 de enero), los establecimientos públicos podrán permanecer abiertos durante toda la noche.